El Seguro Obligatorio para el Cazador cubre los daños que se puedan causar a terceros por la acción de cazar hasta el limite contratado (el que marca la ley son 90.151,82 €. ).

¿Que excluye? 

Los daños propios, es decir los daños que nos podemos realizar a nosotros mismos.

¿Que debo saber? 

¿Que pasa si el Juez dicta que tengo que pagar más de 90.150 €? 

En este caso, el cazador responde con sus bienes para cubrir el importe restante. (salvo que hayamos tenido la precaución de contratar una ampliación voluntaria)

Coberturas : 

Seguro obligatorio 

Cobertura: Hasta 90.151,82 €

Ampliación 
Seguro de suscripción voluntaria, que permite ampliar la cobertura de responsabilidad civil hasta el capital que desee contratar.

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